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miércoles, 6 de mayo de 2020

Orden 30 de Abril de 2020 sobre el proceso de admisión del alumnado del Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato para el curso escolar 2020/2021

Os dejamos información sobre los aspectos más importantes del proceso de admisión del alumnado del Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato para el curso escolar 2020/2021.
El procedimiento de admisión se va a tramitar de forma electrónica siempre y cuando continuemos en estado de alarma. Si los centros abrieran sus puertas,para registros administrativos, se realizará de forma presencial.


ASPECTOS MÁS DESTACADOS

Art. 4. Publicación de vacantes y resultados.

Las plazas vacantes ofertadas en los centros educativos se publicarán en el blog del centro y en la web http://escolarizacion.educarex.es.

Por su parte, los resultados de los procesos de admisión se comunicarán a través de estos mismos medios.


Art. 5. Presentación de solicitudes en el procedimiento general de admisión.

El procedimiento de admisión a las enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato para el curso 2020-2021 se va a tramitar de forma electrónica, siempre y cuando los centros estén cerrados.

Cada persona solicitante formulará una única solicitud de admisión que se presentará de forma telemática en la dirección de la Plataforma Rayuela, http://rayuela.educarex.es

Para la acreditación de la identidad del solicitante, el órgano gestor recabará de oficio dicha información del Sistema de Verificación de Identidad, salvo que conste oposición expresa manifestada en la solicitud para la comprobación de los datos de identificación, en cuyo caso, el solicitante podrá hacerlo mediante identificación y firma a través de

Certificados Digitales reconocidos, por DNI electrónico o a través de las claves de acceso a la citada plataforma.


La Secretaría Virtual de Rayuela solicitud de la credencial de

hará entrega en el momento de presentación de la acceso a dicha plataforma, en el caso de que no


dispusiera de la misma con anterioridad.

En la solicitud las personas solicitantes realizarán una declaración responsable relativa a cada uno de los criterios de prioridad para la admisión del alumnado por los que solicita puntuación.

Las personas solicitantes comunicarán en la solicitud una dirección de correo electrónico válida a la que se enviarán los avisos de notificación y los documentos derivados de las diferentes fases del procedimiento.

En el momento de formular la solicitud no se requerirá la aportación de la documentación acreditativa de las circunstancias declaradas respecto a los criterios de prioridad para la admisión del alumnado. Esta documentación se facilitará de manera presencial dentro del plazo que se establezca cuando finalice el estado de alarma y la movilidad de las personas no esté limitada y deberá corresponderse con los datos declarados. De no ser así, se perderá la puntuación asignada por el criterio de prioridad de que se trate y, en su caso, la plaza asignada.

Al finalizar la tramitación telemática, la plataforma Rayuela emitirá un recibo justificativo de la presentación de la solicitud que incluirá la fecha y hora de presentación, los datos relevantes de la solicitud, y, en su caso, la enumeración de los apartados del baremo por los que se solicita puntuación.

Las personas responsables de la dirección de los centros educativos baremarán las solicitudes de acuerdo con la declaración responsable de los solicitantes conforme a los criterios establecidos en la “Resolución de 18 de diciembre de 2019, de la Secretaría General de Educación, por la que se establece el calendario y otros aspectos del procedimiento de admisión del alumnado de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso escolar 2020/2021”.

A través de la Secretaría Virtual de la plataforma Rayuela se podrá realizar el seguimiento del estado de la admisión del alumnado.

La Secretaría Virtual de Rayuela incorporará un tutorial del procedimiento para las personas solicitantes que no sean usuarios de la misma con anterioridad.



Art. 7. Atención al usuario.

La Administración educativa habilitará puntos de atención al usuario para aquellas personas que no disponen de medios electrónicos en las localidades y sedes que se determinarán por la Secretaría General de Educación y se publicarán en la web: http://escolarizacion.educarex.es.

(En el momento en que sea posible por determinarlo así las autoridades competentes funcionarán las oficinas de escolarización establecidas en el Anexo V de la Resolución de 18 de diciembre de 2019).



Artículo 8. Matriculación.

El alumnado que haya obtenido una plaza escolar en el presente procedimiento de admisión deberá formalizar la matrícula en las fechas que se establezcan mediante Resolución de la Secretaría General de Educación.

En previsión de que la situación de crisis sanitaria impida la formalización de la matrícula de manera presencial en las fechas establecidas, la Secretaría General de Educación podrá prorrogarlas o posponerlas mediante resolución.



Artículo 9. Reclamaciones y recursos sobre el procedimiento de admisión.




La formulación de reclamaciones al resultado provisional de los acuerdos y decisiones sobre la admisión de alumnos/as se realizará en la plataforma Rayuela.

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